Puede parecer un desliz grave
afirmar lo que escribo en el título de este texto, pero es verdad,
un partido de futbol no se compone únicamente de los 90 minutos de
juego, sino que está dividido en antes, durante y después del mismo.
Antes, el equipo arbitral debe
cumplir con una serie de procedimientos administrativos y
reglamentarios. Durante, significa todo lo que suceda dentro del
campo, desde el minuto 1 hasta el 90, incluyendo el medio tiempo. Y
después, evidentemente, se refiere a los sucesos que transcurren
desde el silbatazo final, hasta que el equipo arbitral se retira de
manera segura del estadio, con una escala muy importante: la
redacción y entrega del informe arbitral, o cédula, como se le
conoce coloquialmente.
Los momentos antes y después de
un juego son igual de importantes que el partido mismo. Un gran
arbitraje se puede ir a la basura por una mala redacción del
informe, o por permitir anomalías en los uniformes de alguno de los
equipos. Esta semana en el futbol mexicano se presentó un caso más
de un informe arbitral terriblemente mal redactado, que ha puesto en
ridículo a los árbitros del partido, especialmente a José Luis
Camargo, que una vez más es protagonista de un escándalo.
La Comisión Disciplinaria
informó la tarde del lunes del castigo que mereció Daniel Guerrero,
capitán del Atlante, por los hechos suscitados al final del partido
entre su equipo y los Estudiantes, en la cancha del 3 de marzo.
Según el informe entregado por Roberto García Orozco, responsable
del equipo arbitral,sucedió lo siguiente: “Al finalizar el partido,
el jugador Guerrero José No 17 del equipo Atlante, se acerca hacia
el equipo arbitral para retirar a sus compañeros, gira y con el
brazo derecho, golpea con el codo en el pecho con el uso de
fuerza excesiva a mi árbitro asistente No 1 Camargo José”. A
simple vista se lee que Guerrero agredió a Camargo. El reglamento es
claro, así que la pena debería haber sido de un año de suspensión,
pero únicamente fue de cuatro partidos. La Disciplinaria lo publica
con la aclaración de que se apegó a los artículos 27 y 5 del
Reglamento de Sanciones, que transcribo:
Artículo
27.- Incurren en falta los Jugadores que:
a) En
cualquier forma intenten agredir al Cuerpo Arbitral o al Comisario
del Partido.Los Jugadores que cometan esta falta se harán acreedores
a una suspensión de 2 a 8 partidos y una multa desde 150 y hasta 450
días de salario mínimo.
Artículo 5.-
Intento de agresión: es el embestir, empujar, dar jalones, usar el
balón o cualquier otro objeto con intenciones de golpear, o bien,
cualquier contacto físico con ánimo de burla o animadversión.
Aquí es donde se pone confuso
el asunto. Si, como dice el informe arbitral, Guerrero utilizó
fuerza excesiva, quiere decir que fue un golpe directo y alevoso,
digo, está complicado tener un contacto físico con ánimo de burla
o animadversiónque además ponga en riesgo la integridad de quien
lo sufre. ¿Entonces fue agresión o intento de agresión?
La imagen de televisión es muy
clara y muestra, por lo menos en mi opinión, que fue un contacto
intencional. Si bien no le iba a causar ningún daño al delicado de
Camargo, sí tenía, por lo menos, el ánimo de provocar un contacto
hostil, que podría ser una interpretación de animadversión (lo que
sigo sin entender es qué reclamaban los atlantistas, pero eso no es
relevante).
Lo que se interpreta del
castigo impuesto a Guerrero, es que la Comisión Disciplinaria
desestimó el término de golpear con el codo con fuerza excesiva,
y determinó hacer una campechanada del artículo 27 y decidir que
cuatro juegos eran suficientes. ¿Por qué no sólo dos, o la pena
máxima de ocho? Nunca lo sabremos, a lo mucho aspiramos a que
declare Sabater que tras revisar el video, a esa conclusión llegaron
porque “por la posición de ambos actores del hecho, la dinámica
corporal y el tumulto, no está claro que la intencionalidad sea
manifiesta de provocar daño”, o alguna serie de pretextos similares.
Así que regresando al tema
principal de una buena redacción, este lamentable hecho nos muestra
que el informe arbitral del partido en cuestión no cumple con su
labor de relatar los hechos del juego. Guerrero sabía donde estaba
Camargo y acomodó el codo para hacer el contacto; la explicación no
pedida de que estaba separando a sus compañeros es irrelevante, y
añadir el término de fuerza excesiva implica un juicio de valor
hecho por el equipo arbitral, que además es falso, porque el golpe
apenas fue superficial. Si acaso hubo algo excesivo, fue el
berrinche de Camargo, al que poco le faltó para sacar él mismo la
tarjeta roja del short de García para que se la mostrara a Guerrero.
Lo más sencillo, rápido y justo
hubiera sido informar tal cual sucedieron los hechos: “Al final del
encuentro, el jugador del equipo Atlante, Daniel Guerrero, se acercó
a donde se encontraba el equipo arbitral y golpeó con el codo en el
pecho al asistente 1, José Luis Camargo”. De esta manera, los
árbitros habrían informado de los hechos de manera fiel, sin
interpretaciones, y dejado el peso de la sanción en la
Disciplinaria, que hubiera determinado, seguramente con el video,
qué valor darle al golpe de Guerrero a Camargo.
Los árbitros, el asesor, ambos,
o hasta sus dirigentes (tras bambalinas), están tomando la mala
costumbre de acomodar las palabras en los informes para tratar de
minimizar los castigos en casos tan sensibles como éste, pero ésa no
es su función. Los árbitros dan fe de los hechos, como un notario, y
la Disciplinaria condena, como un juez civil. Zapatero a tus
zapatos; árbitros a sus silbatos.
Colofón
Ya estuvo bueno de Camargo.
Podrá ser el mejor asistente técnicamente hablando; podrá ser el
morfotipo ideal del juez auxiliar mexicano, pero sus afanes de
protagonismo han superado los límites de lo permisible y alguien
debe ponerle un alto. ¿Ya se preguntaron por qué fue a él a quien
golpeó Guerrero y no al central? Un jugador no se comporta así de la
nada, tiene que ser provocado.